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Cuota / Arancel Programático
La cuota que se cobra está limitada según la disposición 018/03 del Servicio Provincial de Enseñanza Privada (organismo encargado de la fiscalización técnica de los establecimientos educativos surgidos por iniciativa privada).
La norma indica que en Colegios donde más del 80% de la enseñanza programática sea aportada por el Estado, la cuota debe ser del 5% del sueldo de maestra de grado (sueldo de maestro de grado con antigüedad inicial más Material Didáctico, Conectividad Nacional y FONID).
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